La DGT establece instrucciones sobre el uso de patinetes eléctricos | Parrilla Abogados

La DGT establece instrucciones sobre el uso de patinetes eléctricos

La DGT establece instrucciones sobre el uso de patinetes eléctricos

El alto uso de patinetes eléctricos en las grandes ciudades ha llevado a la DGT a establecer una serie de pautas. Así regulan el uso de este y otros vehículos de movilidad personal. Una respuesta a las exigencias ciudadanas por los cada vez más numerosos accidentes con este medio de transporte.

Ya estuvimos tratando este tema cuando se empezó a hablar de establecer una normativa común en España. Aunque los criterios establecidos recientemente son de carácter transitorio, a espera de la normativa final que modifique el Reglamento General de Vehículos y vaya en concordancia con lo que se está tratando en toda la Unión Europea, sí es cierto que ha servido para definir algunas cuestiones difusas hasta ahora.

La DGT ha definido a los patinetes eléctricos y el resto de VMP como «vehículos de dos o más ruedas propulsados por motores eléctricos y con una velocidad máxima entre 6 y 25 km/h». Como dato importante, por ahora no necesitan permiso de conducción ni seguro, aunque este último ya se puede solicitar si el conductor lo deseara.

Las sanciones de la DGT a los patinetes eléctricos

Lo fundamental de estas nuevas instrucciones de la Dirección General de Tráfico es que se han establecido las situaciones sancionables con los VMP. Ahora está claro qué comportamientos son inadecuados y denunciables.

  1. El vehículo no podrá superar los 25 km/h.
  2. Controles de alcohol y drogas. Los conductores están obligados a someterse a este tipo de pruebas. Recibirán una sanción y el vehículo se inmovilizará si sobrepasan los límites, de la misma forma que si condujeran otro tipo de vehículo.
  3. Prohibido circular por zonas peatonales. La nueva condición de vehículos impide su circulación por aceras, según lo establecido por el RGC.
  4. El uso de auriculares y teléfonos está prohibido.
  5. No se permiten pasajeros. Solo se admite un pasajero, que es el propio conductor.
  6. Menores implicados. Cuando el conductor implicado tiene menos de 18 años, sus padres o tutores serán los responsables solidarios y recibirán la sanción correspondiente.

Por otro lado, el uso del casco y las zonas de estacionamiento dependerán de las ordenanzas de cada municipio. Sin embargo, la DGT aconseja tener en cuenta estas dos circunstancias.

Por nuestra parte, el consejo que ofrecemos es recurrir a abogados especializados, ya sea por uno de estos casos o un accidente con patinete eléctrico implicado. Ahora tienes a Parrilla Abogados más accesible, pues hemos habilitado un botón de Whatsapp para contactar con nosotros por esta vía desde la versión móvil de la web.

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